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La operativa aduanera se adapta a la emergencia sanitaria del Covid-19

Alejandra Sola, coordinadora del departamento de normativa aduanera y comercio internacional de Taric, detalló en un ‘webinar’ las diferentes medidas aplicadas para facilitar el suministro de los bienes esenciales durante la actual pandemia.

Taric ha desarrollado un ‘webinar’ para explicar las novedades establecidas en la operativa aduanera española para facilitar el comercio de mercancías durante la actual situación de emergencia sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19.

Alejandra Sola, coordinadora del departamento de normativa aduanera y comercio internacional de Taric, ha señalado que desde la declaración del reconocimiento por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el pasado 11 de marzo, “el comercio internacional está sufriendo importantes restricciones”. Sola añadió que “las medidas de control implantadas en la Unión Europea tienen el objetivo de proteger la salud de las personas y asegurar la cadena de suministro de los bienes esenciales”.

Imagen de una operativa de descarga de equipos de protección contra el Covid-19.
Imagen de una operativa de descarga de equipos de protección contra el Covid-19.

Entre las iniciativas aplicadas por la Comisión Europea y la Agencia Estatal de Administración Tributaria para el abastecimiento de material sanitario y equipos de protección individual (EPIs) están las restricciones a la exportación fuera de la UE de aquellas mercancías que no vayan acompañadas de una licencia expresa. En el caso de las importaciones de estos productos desde terceros países se adoptaron medidas de flexibilidad técnica respecto a la homologación y el mercado CE.

También se han adoptado diversas medidas de alivio fiscal para facilitar el abastecimiento de las mercancías necesarias para combatir el Covid-19. La Unión Europea ha establecido franquicias de arancel e IVA, desde el 30 de enero al 31 de julio, para las compras, realizadas por parte de las organizaciones estatales y aquellas autorizadas de ayuda en catástrofes, y destinadas a la distribución gratuita para las personas afectadas por la pandemia o que se encuentren en situaciones de riesgo.

El Gobierno español también ha implantado el tipo cero de IVA, hasta el 31 de julio, para los bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de productos contra la pandemia realizados por las entidades públicas, privadas de carácter social, así como de clínicas o centros hospitalarios. Además, durante el periodo de alarma se ha establecido la exención de los impuestos especiales a diversas mercancías como el alcohol etílico para la fabricación de hidrogeles desinfectantes; hidrogeles con consideración médica; y para el bioetanol en hidrogeles desinfectantes con consideración de biocidas, entre otros.

La Comisión Europea también ha publicado una guía que orienta sobre las medidas aduaneras y tributarias para facilitar el comercio de mercancías en el contexto provocado por la pandemia. Dentro de este documento se detallan iniciativas como la no exigencia de prueba de poder de representación en comercio electrónico, transporte urgente y envíos de bajo valor, inferiores a 150 euros.

Además, la guía publicada por la administración de Bruselas aborda otras disposiciones relativas a las deudas, garantías y facilidades de pago de la deuda aduanera, así como soluciones prácticas en la entrada, origen y salida de bienes, sus trámites aduaneros y de almacenamiento temporal y procedimientos de tránsito y especiales.