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Pionera norma ambiental del Puerto de Barcelona

El consejo de administración de la Autoridad Portuaria da luz verde a la ordenanza para la prevención de la contaminación marina para un control más eficiente de los derrames y las emisiones de humos negros de los buques.

El consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona dio luz verde ayer a una pionera ordenanza en el sistema portuario español para la prevención de la contaminación en la zona de servicio de la dársena por parte de los barcos.

Vista aérea del puerto de Barcelona.
Vista aérea del puerto de Barcelona.

Se trata de una herramienta que permitirá al Puerto “ejercer un control más eficiente de los derrames al medio acuático y de las emisiones a la atmósfera de humos negros que realicen los barcos durante sus operativas de fondeo, maniobras de entrada y salida del puerto y las estancias atracados en el muelle”, señala la Autoridad Portuaria a través de un comunicado.

La normativa establece los condicionantes bajo las que los barcos pueden hacer determinadas operativas con el objetivo de reducir su impacto ambiental. “Esta ordenanza es mucho más exigente que la normativa ambiental vigente y nos sitúa en vanguardia de los puertos mundiales”, señaló Lluís Salvadó, presidente del Puerto de Barcelona. En el ámbito de las emisiones atmosféricas, la ordenanza establece el control de los humos negros que generen los barcos durante su estancia. Para realizar este control, se utilizará la denominada Escala de Ringelmann, que permite determinar visualmente el nivel de opacidad de los humos y cuantificarlo en una escala que va del 0 al 5.

La norma especifica que la policía portuaria realizará el control de los humos negros de los barcos que se detecten al puerto y que, en el supuesto de que determine que superan el nivel 2, levantarán una acta administrativa que será enviada al departamento de Sostenibilidad Ambiental y Transición Energética del Puerto y a la Capitanía Marítima de Barcelona para que realicen la correspondiente tramitación de expediente y posterior sanción si es el caso.

Además, los barcos no podrán realizar ningún tipo de mantenimiento de motores cuando la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Generalitat de Cataluña (DGQACC) haya activado el aviso preventivo de contaminación atmosférica o la declaración de episodios de contaminación atmosférica.

En el caso del medio acuático, la ordenanza establece las condiciones en que pueden realizarse unas determinadas operativas en el puerto, operativas como las descargas de las aguas de lastre, aguas grises o limpieza de tanques y bodegas, entre otras. La norma prohíbe la mayoría de operaciones con riesgo, excepto en los casos en que se garantiza que no se producirá un episodio de contaminación de las aguas portuarias. Además, la ordenanza estipula que su incumplimiento podrá ser constitutivo de infracción en los términos contenidos en la Ley de Puertos.