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ESPO ve con buenos ojos los cambios al nuevo CAU

La asociación de puertos europeos aplaude las enmiendas del Parlamento al proyecto de la CE para mantener el periodo de almacenamiento temporal en los 90 días actuales y no reducirlo a tres.

La  Organización Europea de Puertos Marítimos (ESPO, en sus siglas en inglés) ha aplaudido diversas enmiendas sobre los depósitos temporales del Parlamento  Europeo al proyecto del nuevo Código Aduanero de la Unión propuesto por la Comisión Europea (CE).

Afecta a todo tipo de buques de más de 5.000 GT.
Reducir el depósito temporal a tres días afectaría al transbordo.

La reducción del plazo para el almacenamiento temporal de los 90 días actuales a los tres días propuestos por el Ejecutivo comunitario traía de cabeza a los puertos europeos, siendo “la principal y primera preocupación de la propuesta de la Comisión”. Y es por ello que la ESPO ha acogido “con gran satisfacción varias enmiendas de los diputados del Parlamento Europeo para restablecer el plazo de 90 días, que ahora parece reflejarse en los compromisos que están sobre la mesa en la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor”, señala a través de un comunicado la asociación.

El almacenamiento temporal de 90 días “desempeña un papel crucial para garantizar la fluidez de los flujos de carga a través de los puertos, en particular, cuando otras partes de la cadena logística no proporcionan de manera oportuna los datos necesarios para incluir las mercancías en un régimen aduanero”, argumenta. Además, el almacenamiento temporal es crucial para un tráfico tan importante como el transbordo. La condición de depósito temporal “debe considerarse como una sala de espera administrativa útil, ya sea para obtener la información/datos necesarios o, en caso de transbordo, llamar para recoger la carga y/o esperar a que el buque continúe el viaje hasta el destino final de las mercancías”.

Un período de almacenamiento temporal tan breve como el propuesto por Bruselas “dejaría una cantidad inaceptable de mercancías sin un procedimiento aduanero adecuado, lo que obligaría a las terminales y líneas navieras a ser responsables de someter las mercancías a un régimen aduanero”. Acortar el periodo “obstaculizaría la fluidez de los flujos de carga a través de los puertos y volvería a poner a algunos puertos europeos en desigualdad de condiciones con sus puertos vecinos de fuera de la UE”, alerta Isabelle Ryckbost, secretaria general de la ESPO, en referencia a la nueva normativa ambiental ETS.