Tribuna libre  | 

IV Acuerdo Marco, APIEs o SATOs

José Manuel Noda

El autor, presidente de la Asociación de Empresas Estibadoras del puerto de Santa Cruz de Tenerife, explica la evolución del sector de la estiba desde el ejercicio 1986 hasta la crisis que vive hoy el negocio con la impugnación del IV Acuerdo Marco por parte de Fomento. El presidente de la patronal tinerfeña muestra su rechazo a la actitud de Puertos del Estado de no desarrollar el modelo de estiba previsto en la Ley de Puertos.

El Real Decreto Ley 2/86 puso punto final a décadas de liberalidad en el sector portuario. Una mesa, una silla y un teléfono, unido a una comunicación a la Organización de Trabajadores Portuarios (OTP), era suficiente para ejercer la actividad estibadora. Así lo manifestó Don Fernando Palao a la prensa en una visita a Santa Cruz de Tenerife. Nacían las sociedades estatales de estiba y se publicaban las bases para ordenar el sector. Se exigía en cada puerto unos requisitos mínimos para ser empresa estibadora. En Tenerife, éramos 24 estibadoras y, por aplicación del citado Real Decreto, se redujeron a ocho. Se crearon sociedades privadas que integraban intereses comunes para así hacer frente a la aplicación de la nueva normativa.

Desapareció aquella criticada figura de que tras una estibadora había siempre un consignatario, o viceversa. La entrada en vigor del RDL 2/86, puso en pie de guerra a los puertos. Empresas y estibadores recibieron el mismo a cara perro y lucharon por su fracaso. Estaban convencidos de que era un intento más de regulación de la actividad. Un intento parecido al ya fracasado de UCD. Pero era intención del Gobierno acabar con esa situación y preparar a los puertos para lo que se avecinaba. La revolución del contenedor era imparable y se hacían necesario nuevas reglas de juego y grandes inversiones en formación, maquinaria y espacio portuario para afrontar sus exigencias. Hubo que ponerse las “pilas” y aceptar el reto, aunque bien es cierto que todo ello estuvo precedido de enconados debates y huelgas.

Todo se hizo en pro de la modernización de los puertos. Después de 20 años de experiencia y considerándose ya mayores de edad, las empresas y los trabajadores han querido afrontar un nuevo marco en la negociación colectiva y la Ley 48/2003. Esa ley prevé la creación de nuevas sociedades de estiba y desestiba (APIEs), en las que empresas y trabajadores tomen el timón de la negociación colectiva y la administración de las mismas, correspondiendo al Estado fijar las reglas de juego para dar cumplimiento a la prestación del servicio básico en que ha encuadrado a las estibadoras.

Sin embargo, la aparición de un borrador de modificación de esa ley ha tratado de perpetuar la intervención del Estado, tanto en la gestión de las sociedades estatales de estiba y desestiba como en la negociación colectiva. Aparecen unas nuevas sociedades estatales con el nombre de SATOS y, con ellas, se pretende (barnizando su contenido) mantener la posición del RDL2/86 y de la antigua Ley de Puertos. Los presidentes de las Autoridades Portuarias continuarían ejerciendo de presidentes de los Consejos de Administración de las nuevas sociedades estatales y, con ello, seguiría existiendo la figura del socio “tonto”, las empresas estibadoras, que soportarían al cien por cien el costo de la actividad y la administración de las sociedades estatales, mientras que Puertos del Estado, a través de las Autoridades Portuarias, seguiría ostentando su mayoría en el capital social, permitiendo así fiscalizar la administración y gestión de sus nuevas SATOs.

Las sociedades estatales, en sí, no son más que unas empresas de trabajo temporal de carácter especial y como tales de fácil gestión. Los malos ejemplos han dependido más de las actuaciones políticas de sus gestores, el 51 por ciento del capital social, que de las propias de las empresas, con el 49 por ciento. Las impugnaciones al IV Acuerdo Marco negociado por primera vez (autonomía de las partes) entre empresas y estibadores reflejan que a Puertos del Estado se le hace difícil romper el cordón umbilical que le une a las sociedades y al sector de la estiba. La Ley de Puertos de 2003 está íntegramente vigente y casi cuatro años después de su publicación Puertos del Estado sigue negándose a aplicar el modelo que contiene. Se niega a crear las APIEs, o sea, a desarrollar el nuevo modelo previsto en la ley. Su Anteproyecto de Modificación de la Ley 2003 no ha salido adelante.

Ahora trata de impugnar la firma del citado IV Acuerdo Marco, alegando falta de legitimación y representatividad de Anesco y de Coordinadora, la representación empresarial y laboral del sector de la estiba. Por cieto, una representatividad que ya aceptó y compartió sin denuncia ni impugnación alguna en la mesa negociadora de los anteriores Acuerdos Marcos y en la propia Comisión Mixta que vigila su cumplimiento, y así durante veinte años consecutivos. Eran tiempos de modernidad. Puertos del Estado pretende mantener hoy, en 2007, un proyecto que precisa modernizarse, por lo que ha pasado a mantener en su defensa posturas que ayer, 1986, criticó a las empresas. El símil nos obliga a recordar a Puertos del Estado que: El Estado, en este caso Puertos del Estado, tiene la responsabilidad de crear un clima político y cívico estable que permita a las organizaciones autónomas de empleadores y trabajadores actuar libremente, sin temor a represalias.

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