Revolera  | 

‘Boomerang’

Hay quienes pretenden armar todo un baremo sancionador para los transportistas que “trabajen por debajo de costes”

En junio de 2008 y en abril de 2019, a petición de lo que entonces era el Ministerio de Fomento, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dictaminó que el establecimiento de tarifas mínimas en el mercado de transportes por carretera no se justifica por los argumentos aportados y no tiene cabida en la legislación europea, ni en la española, ya sea la general como la específica de nuestra actividad. No obstante, de nuevo se vuelve sobre el tema y hay quienes pretenden armar todo un baremo sancionador aplicable sobre los transportistas que “trabajen por debajo de costes”. Se llega a argumentar en defensa de esa postura que “a los grandes empresarios del transporte no les ha interesado evolucionar” y por eso volvemos periódicamente a sufrir tormentas como la del pasado marzo.

Dejando aparte la injusticia que supone tildar de inmovilistas precisamente a las empresas que mejor han sabido crecer en el ámbito doméstico y en el internacional, en competencia con sus colegas europeos, mientras se argumenta como factor positivo la fragmentación apabullante del transporte español, quiero remarcar que un baremo sancionador como el que se está proponiendo es un boomerang envenenado e innecesario.

Que la Administración establezca los costes por debajo de los cuales no se pueda contratar transporte -en el remotísimo supuesto de que fuesen determinables y aplicables- supondría frenar la evolución del sector, aumentar la recaudación por multas y un “efecto llamada” para quienes, dentro o fuera de España, estuviesen sopesando si entrar a competir en este mercado. Además, no resuelve nada que la propia aritmética contable no haya ya solucionado; vender por debajo de costes “sanciona” con la ruina y la desaparición a quienes basen su actividad en semejante premisa. ¿Cabe mayor sanción para una empresa?.

Ramón Valdivia

rvaldivia@astic.net