Rechazo de carga
El transporte internacional por mar no reconoce el derecho del destinatario para hacer abandono de la mercancía a la naviera
El transporte internacional por mar no reconoce el derecho del destinatario para hacer abandono de la mercancía a la naviera
El Tribunal Marítimo Central, un desconocido, interviene en cuestiones que son realmente difíciles de solventar
Las demandas en la CE se reciben en la propia lengua; y si no están traducidas, no se acepta la notificación
Detrás de algunos transportistas que acceden a los portales de carga, se esconden auténticos profesionales de lo ajeno
Cuando se dice que se actúa “en nombre” de otra persona, solo surtirá efectos si esa otra persona ratifica o confirma que es así
El consignatario puede, o más bien debe, pedir a su principal una copia del certificado de seguro, por adelantado
Los capitanes del buque deberán facilitar a las capitanías mercantes españolas los certificados de seguro
El transporte de mercancía peligrosa por mar se regula por el Código IMDG, que señala las obligaciones a cumplir
El propietario de la carga deberá presentar la demanda de embargo frente al propietario del buque, no frente al naviero o gestor
La Asociación de Propietarios de Contenedores trabaja en protocolos de mejora para la operativa de los flexitanks
Se puede preservar la posición del armador sin perjudicar la función del conocimiento de embarque limpio
El incoterm dice que la puesta a bordo del buque la paga el vendedor, pero no que adquiere la responsabilidad de la estiba
Un embarque de contenedores tenía que ser transportado desde Barcelona hasta el puerto de Misurata, en Libia, en pleno conflicto
En el caso de que la mercancía de un contenedor llegue dañada, el transportista, que no sabe qué ha pasado, está indefenso
Mucho cuidado con la utilización del correo electrónico, queda al control de cada uno y de cada empresa
Ser fletador, además de transitario, repercute en el riesgo en que se incurre y en su cobertura de seguro
Los transportistas deben responder de los daños y faltas que se produzcan, y sólo serán exonerados en caso de fuerza mayor, como robo
La responsabilidad del porteador marítimo es únicamente el transporte de la mercancía en buen estado
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